Área especializada

Visado para nómadas digitales

Trabajar a distancia desde España exige coordinar residencia, actividad profesional y fiscalidad.

Asesoramos a profesionales internacionales y a sus familias sobre el visado para nómadas digitales y la autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional, integrando inmigración, actividad profesional y fiscalidad en un mismo plan.

Esta vía se dirige a nacionales de países ajenos a la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza que cumplen los requisitos para trabajar a distancia para empresas situadas fuera de España. Las condiciones difieren entre trabajadores por cuenta ajena y profesionales por cuenta propia. La actividad, la empresa extranjera, la relación contractual y su acreditación determinan el análisis previo.

Lullius revisa la situación antes del traslado, prepara la solicitud y coordina las obligaciones posteriores. También valoramos las consecuencias para el empleador o negocio extranjero, de modo que la autorización para residir en España sea coherente con la posición fiscal, la Seguridad Social y el cumplimiento continuado.

Asesoramiento especializado

Cómo podemos ayudar

Residencia fiscal y Ley Beckham

Elegibilidad y vía de solicitud

Revisamos nacionalidad, situación migratoria, titulación o experiencia profesional, empresa extranjera y relación laboral o profesional. Determinamos si el teletrabajo internacional se ajusta a la actividad prevista y desde dónde corresponde presentar la solicitud.

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Antes del traslado

Consideraciones clave

  • Visado y autorización de residencia. El visado puede concederse por un máximo de un año. Quien se encuentre legalmente en España y cumpla los requisitos puede solicitar una autorización de residencia de hasta tres años. La vía adecuada y el período concreto dependen de las circunstancias y de la duración de la actividad.
  • La relación con empresas extranjeras. Por cuenta ajena, esta vía permite trabajar únicamente para empresas situadas fuera de España. Por cuenta propia, puede realizarse actividad profesional para empresas en España siempre que esa actividad no supere el 20% del total de la actividad profesional.
  • La documentación debe reflejar la realidad. La titulación o experiencia, la actividad de la empresa, la relación previa, la posibilidad de trabajar a distancia y los recursos suficientes deben acreditarse de forma coherente. Identificamos las carencias antes de presentar el expediente.
  • Residencia migratoria y residencia fiscal. Disponer de un visado o autorización no determina por sí solo la residencia fiscal ni el acceso a la Ley Beckham. Las estancias, los vínculos personales y económicos y el convenio aplicable requieren una valoración propia.
  • Seguridad Social antes del traslado. El alta y la cobertura aplicables dependen de la relación laboral o profesional y de las normas internacionales pertinentes. Comprobamos qué cobertura puede acreditarse en cada caso antes de basar la solicitud en un sistema extranjero.

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